Sevilla, 21 de mayo de 2025 — La Audiencia Provincial de Sevilla ha fallado a favor de Tuink en un litigio presentado por la firma Prink, que acusaba a su exfranquiciado de competencia desleal tras iniciar un nuevo proyecto bajo otra enseña. El tribunal ha confirmado la legalidad de la actuación de Tuink y ha desestimado todas las reclamaciones de la demandante.

La sentencia respalda la resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Sevilla, que ya había reconocido que no hubo ni infracción de identidad corporativa ni utilización indebida de conocimientos técnicos o comerciales reservados. Según la resolución, Prink no había protegido de manera formal elementos distintivos más allá de su nombre y logotipo, mientras que Tuink desarrolló una imagen visual completamente original.

Una defensa jurídica sólida y eficaz

El resultado favorable para Tuink ha sido posible gracias a la labor del abogado José Zamarro, experto en derecho mercantil y ampliamente reconocido por su experiencia en el sector de franquicias. Su intervención fue decisiva para rebatir los argumentos de la parte actora, evidenciar la autonomía comercial de Tuink y garantizar una actuación ajustada a derecho en todo momento.

Fuentes próximas al caso destacan que contar con asesoramiento especializado desde el principio ha sido fundamental no solo para lograr una sentencia positiva, sino para preservar la estabilidad del negocio a lo largo del proceso.

El tribunal desmonta las acusaciones de imitación

Uno de los puntos clave del litigio giraba en torno a la supuesta copia de elementos visuales —en particular, los colores empleados en el local de Tuink—. No obstante, el tribunal concluyó que el diseño, la disposición y la estética del nuevo establecimiento eran genuinos y no generaban confusión con la marca anterior. Además, Tuink asumió íntegramente los costes de renovación y diseño del local.

Por otro lado, no se acreditó el uso de conocimientos internos (conocido como know how) de Prink. Tuink retiró todo vestigio relacionado con la anterior franquicia, reorganizó su espacio comercial y adoptó su propio sistema de funcionamiento.

Contratos abusivos y ruptura justificada

Otro de los aspectos abordados fue la legalidad de la desvinculación contractual por parte del exfranquiciado. El tribunal consideró lícito el abandono del acuerdo, señalando que Prink obligaba a comprar productos a precios desproporcionados, muy por encima del mercado, lo que impedía la viabilidad económica del negocio. Esta circunstancia fue reconocida incluso por la propia empresa demandante.

Una llamada a la prevención legal

Este caso marca un precedente importante en el ámbito de las franquicias en España y lanza un mensaje claro a los emprendedores: contar con un abogado especializado antes de firmar un contrato puede evitar numerosos problemas en el futuro.

Gracias a una estrategia jurídica coherente y bien fundamentada, Tuink ha conseguido no solo proteger sus derechos, sino también consolidarse como una marca con plena legitimidad y proyección.